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Sucesión Intestada en Perú: Requisitos, Costos y Plazos Actualizados 2026

Sucesión Intestada en Perú: Requisitos, Costos y Plazos Actualizados 2026

Si tu familiar falleció sin dejar testamento, la Sucesión Intestada es el trámite legal que determina quiénes son los herederos y les permite acceder a los bienes, cuentas bancarias y propiedades del causante. Con la reforma de la Ley 32377, el proceso notarial se redujo a 3-5 semanas cuando hay acuerdo entre los herederos.

Vía Notarial vs. Vía Judicial: Cuándo Aplica Cada Una

Vía notarial (mutuo acuerdo): Es la opción rápida y económica. Aplica cuando todos los herederos son mayores de edad, están de acuerdo y no existe conflicto sobre quiénes heredan. Plazo: 30 a 45 días hábiles.

Vía judicial (obligatoria): Se requiere cuando hay herederos menores de edad, personas bajo tutela, conflicto entre herederos o cuando alguien se opone con pruebas válidas. Plazo: 12 a 18 meses dependiendo de la carga judicial.

Requisitos para la Sucesión Intestada Notarial

  1. Acta de defunción inscrita en RENIEC
  2. Certificado negativo de sucesión intestada (SUNARP) — S/ 20-25
  3. Certificado negativo de testamento (SUNARP) — S/ 20-25
  4. Partida de nacimiento de cada heredero (para acreditar filiación)
  5. Partida de matrimonio civil (si hay cónyuge sobreviviente)
  6. DNI vigente de todos los herederos
  7. Declaración jurada de ser los únicos herederos

Si existe una unión de hecho registrada en SUNARP, el conviviente sobreviviente tiene los mismos derechos que un cónyuge casado bajo la Ley N° 30007.

Costos Desglosados 2026

Concepto Costo
Honorarios notariales S/ 800 – S/ 1,500
Certificados negativos SUNARP (×2) S/ 40 – S/ 50
Publicación en El Peruano S/ 100 – S/ 200
Publicación en diario local S/ 80 – S/ 150
Tasa de calificación registral SUNARP S/ 20 – S/ 24
Inscripción definitiva SUNARP S/ 50 – S/ 100
Total estimado S/ 1,090 – S/ 2,024

En comparación, la vía judicial cuesta entre S/ 2,000 y S/ 5,000+ solo en honorarios de abogado, más tasas judiciales.

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Cambios de la Ley 32377 que Aceleran el Proceso

La Ley 32377 modernizó el trámite sucesorio con tres cambios clave:

  • Plazo de oposición reducido: De 30 a 15 días calendario tras la publicación de edictos
  • Rechazo de oposiciones sin prueba: El notario descarta de plano cualquier oposición que no adjunte prueba instrumental (partida de nacimiento, testamento registrado)
  • Sentencia sin audiencia: Si no hay oposición válida en 15 días, el juez puede dictar sentencia directamente sin programar audiencia

El Error Más Costoso: Tramitar en la Notaría Equivocada

La competencia territorial corresponde al notario o juez del último domicilio que el causante registró en su DNI — no donde falleció ni donde viven los herederos. Iniciar el trámite en otra jurisdicción resulta en la nulidad del proceso y la pérdida de S/ 180-350 en publicaciones de edictos que debes repetir.

Después de la Sucesión: Qué Sigue

Con la sucesión intestada inscrita en SUNARP, puedes iniciar la liberación de fondos bancarios, el traslado de dominio de inmuebles (S/ 46 por predio) y la transferencia vehicular (S/ 78). La Guía de Sucesiones y Herencias en el Perú cubre cada etapa posterior con formularios exactos, plazos por entidad y las estrategias para evitar que los bancos rechacen tu documentación por vigencia insuficiente.

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