Pensión por Fallecimiento ANSES: Requisitos, Monto y Cómo Tramitarla
Pensión por Fallecimiento ANSES: Requisitos, Monto y Cómo Tramitarla
La muerte de un familiar que aportaba al sistema previsional argentino habilita a determinados derechohabientes a percibir una pensión derivada a través de ANSES. Este beneficio es independiente del juicio sucesorio y puede tramitarse desde la primera semana del fallecimiento.
Quiénes pueden solicitar la pensión
Los derechohabientes reconocidos por ley son:
- Cónyuge supérstite con acta de matrimonio vigente
- Conviviente que acredite al menos dos años de convivencia (cinco años si alguno de los dos tenía un vínculo matrimonial previo no disuelto)
- Hijos menores de 18 años o hasta 25 si estudian
- Hijos con discapacidad sin límite de edad
A diferencia de la herencia (donde el conviviente no tiene derechos), la pensión previsional sí reconoce al conviviente que pueda demostrar la unión de hecho con pruebas documentales.
Documentación necesaria
Para iniciar el trámite ante ANSES necesitás:
- Partida o acta de defunción del causante
- DNI del solicitante
- Partida de matrimonio o prueba de convivencia (información sumaria, constancia de domicilio compartido)
- Partidas de nacimiento de hijos menores (si aplica)
- Último recibo de haberes o constancia de aportes del fallecido
El trámite se inicia con turno previo en cualquier delegación de ANSES o a través de la plataforma Mi ANSES con clave de seguridad social.
Cálculo del monto
El haber de la pensión derivada se calcula como un porcentaje del haber jubilatorio que percibía o hubiera percibido el causante:
- 70% del haber si hay un solo derechohabiente
- 50% para el cónyuge o conviviente cuando concurre con hijos
Estos porcentajes se aplican sobre el haber bruto del causante, incluyendo los aumentos por movilidad que se otorguen con posterioridad.
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Plazos de resolución
ANSES tiene un plazo legal de sesenta días hábiles para resolver la solicitud una vez presentada la documentación completa. En la práctica, el proceso puede extenderse entre tres y seis meses si faltan comprobantes o si la convivencia requiere prueba testimonial adicional.
El Subsidio de Contención Familiar
Independientemente de la pensión, quien acredite haber abonado los gastos del sepelio puede solicitar el Subsidio de Contención Familiar de ANSES: un reintegro fijo de $15.000 que debe pedirse dentro del primer año del fallecimiento. Si bien el monto es bajo, es un derecho adicional que muchas familias desconocen.
Diferencia entre pensión y herencia
La pensión por fallecimiento no forma parte del acervo hereditario. Se paga directamente a los derechohabientes sin necesidad de Declaratoria de Herederos ni intervención judicial. El juicio sucesorio corre por un carril separado y se ocupa de los bienes registrables (inmuebles, vehículos, cuentas bancarias).
Para entender cómo se complementan ambos procesos y no perder ningún beneficio al que tu familia tiene derecho, la Guía de Sucesiones y Herencias en Argentina detalla el cronograma integrado desde el día del fallecimiento hasta la inscripción de bienes, incluyendo todos los trámites paralelos ante ANSES y ARCA.
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