Certificado de Seguros de Cobertura de Fallecimiento: cómo encontrar pólizas ocultas
Certificado de Seguros de Cobertura de Fallecimiento: cómo encontrar pólizas ocultas
El Banco de España estima que cada año prescriben millones de euros en prestaciones de seguros de vida porque los herederos nunca supieron que existían. Una póliza vinculada a una tarjeta de crédito, a la hipoteca o a la cuenta nómina del fallecido puede estar acumulando polvo en una aseguradora mientras la familia busca dinero para pagar los impuestos de herencia.
Existe un certificado oficial que resuelve esto en días y cuesta 3,86 euros. Se llama Certificado de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento y está gestionado por el Ministerio de Justicia.
Qué revela este certificado
El Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento es una base de datos centralizada donde las compañías aseguradoras están obligadas por ley a inscribir todos los contratos que incluyen alguna cobertura de fallecimiento. Esto incluye:
- Seguros de vida contratados de forma independiente
- Seguros de accidentes con cobertura de fallecimiento
- Coberturas de fallecimiento vinculadas a préstamos hipotecarios
- Seguros de fallecimiento asociados a tarjetas de crédito o cuentas bancarias
- Seguros de vida colectivos contratados por el empleador
- Mutualidades sectoriales con coberturas de fallecimiento
El certificado informa de si existía algún contrato en vigor en el momento del fallecimiento, en qué entidad aseguradora y con qué número de póliza. Con esa información, el heredero puede dirigirse directamente a la aseguradora para conocer la prestación exacta y reclamarla.
Lo que el certificado no hace es informar del importe de la póliza. Eso solo lo revela la propia aseguradora una vez que los herederos acreditan su condición con la documentación sucesoria.
Por qué muchas familias lo ignoran
El problema no es la complejidad del trámite —que es mínima— sino el desconocimiento de que este registro existe. Varias situaciones llevan a que las pólizas queden sin reclamar:
Pólizas antiguas olvidadas: Una persona puede haber contratado un seguro de vida en los años noventa y haberlo mantenido vigente pagando prima anualmente durante décadas sin mencionarlo a su familia. Al morir, nadie busca ese contrato.
Coberturas ocultas en productos bancarios: Muchas entidades financieras vinculan seguros de fallecimiento a sus productos (hipotecas, cuentas nómina, tarjetas de crédito oro). El cliente firma la póliza entre páginas de contratos bancarios y en años no recuerda que lo hizo. Tampoco suele informar a su familia.
Seguros colectivos laborales: Los convenios colectivos de muchos sectores incluyen seguros de vida para los trabajadores. El empleado lo tiene de oficio como parte de su paquete laboral, pero a menudo ni lo sabe. Al fallecer, la familia tampoco lo sabe.
El plazo para reclamar estas prestaciones es de cinco años desde el fallecimiento. Después, prescriben y el dinero se queda en la aseguradora.
Cómo obtener el certificado: el Modelo 790
El trámite es gestionado a través del Modelo 790, código 006 del Ministerio de Justicia. Con el mismo formulario se obtienen simultáneamente dos documentos:
- El Certificado de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento
- El Certificado de Actos de Última Voluntad (que indica si el fallecido dejó testamento y ante qué notario)
Requisito previo de tiempo: Este certificado solo puede solicitarse pasados 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento. Este plazo no es arbitrario: responde al tiempo que necesita el sistema para que los Registros Civiles actualicen sus bases de datos y que las compañías aseguradoras, si tuviesen conocimiento del fallecimiento, hayan podido comunicarlo al registro central.
Opciones para tramitarlo:
Vía telemática (recomendada): A través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia, en sede.mjusticia.gob.es. Necesitas certificado digital o Cl@ve. El pago de los 3,86 euros se realiza con tarjeta de crédito o débito. El certificado llega en aproximadamente 5 días hábiles.
Vía presencial o postal: Rellenando el formulario en papel disponible en los Registros Civiles o descargable de la web del Ministerio. El pago se hace con el impreso de autoliquidación en cualquier entidad bancaria colaboradora. El certificado tarda entre 10 y 15 días.
Documentos necesarios para la solicitud:
- DNI o NIE del solicitante (heredero o persona con interés legítimo)
- Certificado literal de defunción del fallecido (obtenido en el Registro Civil)
- Formulario Modelo 790 cumplimentado
No hace falta ser heredero formal ni aportar documentación sucesoria para solicitar este certificado. Basta con acreditar que el fallecido ha muerto (con el certificado de defunción) y que el solicitante tiene un interés legítimo, que para los familiares directos se presume automáticamente.
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Qué hacer una vez que tienes el certificado
El certificado puede arrojar dos resultados:
Si no consta ningún contrato: El fallecido no tenía en vigor ningún seguro de vida registrado en el momento de su muerte. Esto no significa necesariamente que no existiera alguno —el sistema no es perfecto y algunos seguros de pequeñas mutualidades pueden no estar bien inscritos— pero sí es el punto de partida.
Si consta uno o más contratos: El certificado indica el nombre de la entidad aseguradora y el número de póliza. Con ese dato, el heredero debe ponerse en contacto con la aseguradora para:
- Informar del fallecimiento del asegurado (si no lo saben aún)
- Solicitar la documentación necesaria para tramitar el siniestro
- Aportar el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades, la copia del testamento o declaración de herederos, y el DNI del beneficiario
La aseguradora tiene la obligación legal de comunicar al beneficiario la existencia y el importe de la prestación. Si pone obstáculos injustificados, el heredero puede acudir a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
El capital sobrante del seguro de decesos
Un caso especialmente frecuente y económicamente relevante es el del seguro de decesos. Aproximadamente el 60% de las familias españolas tiene contratado un seguro de decesos (pólizas de Ocaso, Santalucía, Mapfre y similares). Estas pólizas cubren los gastos del funeral: féretro, traslado, velatorio y trámites.
Lo que muchas familias no saben es que si el coste real del funeral es inferior al capital garantizado por la póliza, el excedente pertenece a los herederos. Las aseguradoras rara vez informan proactivamente de este derecho.
Para reclamar el capital sobrante:
- Solicita a la aseguradora una liquidación detallada de los servicios prestados
- Compara ese importe con el capital garantizado en la póliza
- Si existe diferencia, solicita formalmente la devolución del excedente
El seguro de decesos no aparece en el Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento porque técnicamente es un seguro de prestación de servicios, no de capital. Sin embargo, si la póliza incluye un capital adicional para gastos de sepelio no cubiertos por los servicios, sí puede aparecer en el registro.
El plazo de prescripción: cinco años
Este es el dato más importante. El derecho a reclamar las prestaciones de seguros de vida prescribe a los cinco años del fallecimiento. Pasado ese plazo, el dinero queda en poder de la aseguradora sin posibilidad de reclamación.
Cinco años puede parecer tiempo suficiente, pero la realidad muestra que muchas familias que no saben que el seguro existe no llegan a reclamarlo en ese periodo. De ahí la importancia de obtener el certificado en las primeras semanas tras el fallecimiento, cuando aún está todo fresco y los herederos están activamente gestionando los trámites sucesorios.
El certificado de seguros es uno de los primeros trámites del primer mes, junto con el certificado de últimas voluntades, la notificación al INSS y la solicitud de la pensión de viudedad. Saber exactamente cuándo solicitar cada cosa y qué documentos llevar en cada momento evita viajes inútiles y plazos perdidos.
La Guía de Funerales y Legislación Funeraria en España recoge el cronograma completo de trámites post mortem con los importes exactos de todas las tasas, los formularios que necesitas y las advertencias sobre los errores más comunes —incluyendo cómo reclamar el capital sobrante de una póliza de decesos antes de que prescriba.
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